Cómo vender por internet en Perú de forma legal y qué obligaciones tributarias implica en 2026

21/07/2026

Cómo vender por internet en Perú de forma legal y qué obligaciones tributarias implica en 2026

Yape no es anonimato fiscal. Eso es lo primero que hay que entender. Muchos emprendedores que venden por Instagram, TikTok o WhatsApp asumen que recibir pagos por transferencia o billetera digital los mantiene fuera del radar de SUNAT. No es así. Desde 2022, la SUNAT tiene facultades para cruzar información con pasarelas de pago, bancos y plataformas digitales. Y desde mayo de 2026, con el Decreto Supremo N.° 058-2026-EF, puede enviar compradores encubiertos a cualquier tienda online, red social o marketplace para verificar si se emiten comprobantes. El comprador encubierto paga, espera el comprobante y, si no llega, levanta el acta de infracción.

El e-commerce en Perú generó US$15,600 millones en 2024, con 335,000 comercios vendiendo por internet, según la Cámara Peruana de Comercio Electrónico (CAPECE), datos citados por KOM Agencia Digital (junio de 2026). Una porción significativa de esos negocios opera en informalidad tributaria. Esta guía explica qué obligaciones tienes si vendes por internet en el Perú y cómo cumplirlas sin complicarte.

Índice

¿Vender por redes sociales obliga a declarar ante SUNAT?

Sí, sin excepción. "Si una persona vende productos por redes sociales o presta servicios de manera independiente, los ingresos también deben declararse para tributar y acogerse al régimen fiscal que corresponda", señaló un especialista tributario en declaraciones recogidas por el Diario Oficial El Peruano (junio de 2026). El mismo especialista advirtió que existe la percepción errónea de que no hay obligación cuando no se emiten comprobantes o los ingresos llegan por Yape o transferencia. Pero cuando hay actividad económica habitual que genera ganancias, la obligación existe independientemente del canal de cobro.

Según el INEI, cuatro de cada diez trabajadores en el Perú generan ingresos de forma independiente, muchos de ellos a través de canales digitales. La mayoría no declara. SUNAT lo sabe y ha intensificado su fiscalización digital precisamente en ese segmento.

El nuevo sistema de compradores encubiertos en entornos digitales

El Decreto Supremo N.° 058-2026-EF, publicado en mayo de 2026, modificó el Reglamento del Fedatario Fiscalizador y amplió las facultades de SUNAT para actuar en entornos digitales. Según la abogada Jennifer Saavedra Sáenz, en declaraciones al Diario Oficial El Peruano (mayo de 2026), el mecanismo funciona así: el fiscalizador ingresa a la página web, red social o plataforma y realiza la compra como cualquier cliente, pagando por cualquier medio incluyendo efectivo. El vendedor no puede identificar que se trata de un fiscalizador. Una vez concretada la compra, el fiscalizador espera el comprobante. Si no llega, se levanta el acta de infracción en el acto.

La sanción por no emitir comprobante es del 50% de la UIT (S/2,750 en 2026) la primera vez, y cierre temporal del establecimiento —incluidos canales digitales— en la segunda.

Qué régimen tributario elegir según el volumen de ventas

RégimenLímite de ventas anuales¿Emite facturas?Pago mensualIdeal para
Nuevo RUSHasta S/96,000No (solo boletas)S/20 o S/50 cuota fijaVentas solo a consumidor final, sin clientes empresariales
RERHasta S/525,0001.5% de ingresos netosNegocios con clientes mixtos (personas y empresas)
Régimen MYPE TributarioHasta 1,700 UIT (S/9.35M)1% hasta 300 UIT de ingresos; tasas progresivas despuésLa opción más conveniente para la mayoría de e-commerce
Régimen GeneralSin límite29.5% sobre utilidad anualNegocios grandes con costos deducibles significativos

Fuente: SUNAT y KOM Agencia Digital (junio de 2026). UIT 2026: S/5,500.

Para la mayoría de emprendedores digitales, el Régimen MYPE Tributario es la mejor opción: permite emitir facturas a clientes empresariales, tiene la tasa más baja mientras los ingresos no superen las 300 UIT y es compatible con todos los canales de venta digital. El Nuevo RUS tiene la ventaja de la cuota fija mínima, pero la incapacidad de emitir facturas corta el acceso a clientes corporativos desde el inicio.

Qué comprobante emitir según el tipo de cliente

La elección del comprobante no es opcional: depende de quién compra.

  • Factura electrónica: cuando el comprador tiene RUC y necesita sustentar el gasto ante SUNAT (empresas, emprendedores formales). Permite al comprador deducir el IGV como crédito fiscal.
  • Boleta de venta electrónica: cuando el comprador es consumidor final, con o sin RUC. No otorga crédito fiscal al comprador.
  • Recibo por honorarios: exclusivo para personas naturales que prestan servicios profesionales independientes (cuarta categoría). No aplica para venta de productos.

Un error frecuente en e-commerce: emitir siempre boleta para simplificar el proceso. Si el cliente es empresa y recibe boleta, no puede deducir el gasto. Eso hace que muchos clientes corporativos prefieran proveedores que sí emitan facturas, lo que excluye a los vendedores online en Nuevo RUS de ese segmento de mercado.

El IGV en productos digitales: sin exoneración

Si vendes cursos online, ebooks, software o cualquier producto digital, también aplica el 18% de IGV. No hay exoneración para productos digitales en la legislación peruana actual. Esta es una de las confusiones más comunes entre creadores de contenido, coaches y vendedores de infoproductos: creen que los productos intangibles tienen tratamiento especial. No lo tienen. El IGV aplica igual que para cualquier producto físico.

Si estás en Régimen MYPE o RER, declaras y pagas el IGV mensualmente: 18% sobre tus ventas menos el IGV de tus compras con factura (crédito fiscal). Si solo tienes costos sin factura —publicidad pagada informalmente, servicios sin comprobante— no puedes descontar ese IGV y pagas sobre el total de tus ventas.

Marketplaces y plataformas: ¿pagan IGV por ti?

Desde 2021, las plataformas digitales extranjeras que prestan servicios a consumidores peruanos —Netflix, Spotify, Amazon, Meta Ads— están obligadas a cobrar y declarar el IGV en el Perú. Eso no te exime a ti de tus propias obligaciones si vendes a través de marketplaces locales o usas esas plataformas para publicitar tu negocio. El IGV que paga Meta sobre sus servicios de publicidad no reemplaza el IGV que tú debes declarar sobre tus ventas.

Declaración mensual: qué hay que presentar y cuándo

Dependiendo del régimen, las obligaciones mensuales varían:

  • Nuevo RUS: pago de cuota fija mensual (S/20 o S/50) hasta el último día hábil del mes siguiente. Sin declaración detallada de ventas.
  • RER: declaración mensual del PDT 621 con detalle de ventas y compras. Pago del 1.5% de ingresos netos y del IGV resultante.
  • Régimen MYPE Tributario: igual que RER en el proceso, pero con tasa del 1% sobre ingresos hasta las 300 UIT. Declaración anual de renta adicional en marzo-abril.

La declaración se presenta en el portal de SUNAT con Clave SOL, en las fechas del cronograma de vencimientos publicado anualmente. Presentar fuera de plazo genera multa del 50% del tributo omitido, con gradualidad del 90% de descuento si se regulariza de forma voluntaria antes de que SUNAT notifique.

Preguntas frecuentes

¿Debo declarar si vendo solo ocasionalmente por redes sociales?

Depende de la habitualidad. Ventas esporádicas sin patrón regular pueden considerarse no habituales. Pero si hay frecuencia, oferta pública de productos o servicios y captación sistemática de clientes, SUNAT puede calificarlo como actividad habitual. La línea no está definida con precisión en la ley, lo que genera incertidumbre. La recomendación práctica: si generas ingresos recurrentes por internet, formaliza.

¿Las ventas por Mercado Libre o Rappi están sujetas a IGV?

Sí. Vender a través de cualquier marketplace no cambia tus obligaciones tributarias. El marketplace puede descontar comisiones, pero el IGV sobre el precio de venta al consumidor es tu responsabilidad declarar y pagar, independientemente del canal.

¿Puedo deducir los gastos de publicidad en Meta o Google como costo?

Sí, si estás en Régimen MYPE Tributario o Régimen General y tienes el comprobante correspondiente. Meta y Google emiten factura electrónica con RUC peruano desde que están inscritos en el sistema IGV digital de SUNAT. Guarda esos comprobantes mensualmente para deducirlos en tu declaración.

Sobre este contenido: Elaborado con base en información del Diario Oficial El Peruano (mayo y junio de 2026), KOM Agencia Digital (junio de 2026) y el portal oficial de la SUNAT. Normativa de referencia: Decreto Supremo N.° 058-2026-EF, Código Tributario y Ley del IGV. Última revisión: julio de 2026.

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Victor Alva

Periodista especializado en temas de actualidad, locales, tecnología y ciencia. Tengo más de 10 años de expericencia en diversos medios digitales de Lima y Provincias. Me gusta la tecnología, pero me relajo pescando y visitando las playas del Perú.

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